ARGENTINA PROHIBE EL INGRESO DE RESIDUOS TÓXICOS Y RADIOACTIVOS
¿QUÉ SON LOS RESIDUOS PELIGROSOS?
Son todos los materiales desechados, sólidos, pastosos, líquidos,
así como los gaseosos contenidos en recipientes, que por sus características físicas,
químicas o biológicas, y que por su peligrosa manipulación, transporte y disposición final,
puedan causar daño real o potencial, directa o indirectamente;
causar enfermedades o lesiones a la salud de los seres humanos, animales, plantas
y demás seres vivos (como por ejemplo los microorganismos descomponedores del suelo),
poniendo en peligro su vida o salud; o puedan contaminar el agua, la atmósfera,
el suelo o el ambiente en general, perjudicar las cadenas tróficas y/o los recursos naturales”.
En los debates de la Convención Nacional Constituyente de Santa Fe (Argentina) en 1994,
de dónde surgió la reforma de la actual Constitución Nacional de la República Argentina,
los constituyentes discutieron y acordaron dejarlo plasmado en la carta Magna.
ES ASÍ QUE PODEMOS LEER EN EL ARTÍCULO Nº 41
DE NUESTRA CONSTITUCIÓN NACIONAL, EN SU 4TO. Y ÚLTIMO PÁRRAFO:
“Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos,y de los radiactivos.”
Esta determinación categórica que no admite ninguna excepción ya,
que de hacerse alguna se estaría violando el claro texto constitucional.
Con la introducción de este párrafo en el texto constitucional,
se recepta positivamente la inquietud que estaba instalada
en nuestra sociedad en aquellos años, ante el inminente riesgo
de que nuestro país sea utilizado como reservorio de estas sustancias
provenientes de países más desarrollados.
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